En este estado, este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE: A.) UN TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO QUE DEVENGA EL RECLAMADO DE AUTOS, para satisfacer las pensiones alimenticias de los niños y adolescentes de autos.- B.) EL TREINTA POR CIENTO (30%) ANUAL DE LAS UTILIDADES O REMUNERACIÓN ESPECIAL DE FIN DE AÑO, que le corresponden al demandado, para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de navidad.- C) ElTREINTA POR CIENTO (30%) anual BONO VACACIONAL Y VACACIONES DEL RECLAMADO DE AUTOS.-D.). En el caso de que el demandado goce de los beneficios de PRIMA POR HIJOS Y JUGUETES RETENER EL CIEN POR CIENTO (100%) DE TALES CONCEPTOS que le .....