Seguidamente el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente: PRIMERO: UN TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del salario que devenga el ciudadano JUAN CARLOS ROMERO SANDREA, antes identificado, quien presta sus servicios para la Empresa SERVIMAR, para satisfacer las pensiones Alimentarías de la niña y/o adolescente JEANNY STEFANNY ROMERO ARELLANO. SEGUNDO: UN TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las utilidades, vacaciones, bonos, bonos de transferencia, horas extras, bonificación de fin de año, antigüedad, retroactivos, bono nocturno y meritocracia, que puedan corresponder al mismo. TERCERO: UN CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, en caso que el demandado goce de estos beneficios. CUARTO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%), de las
Prestaciones Sociales, caja de ahorros, Fideicomiso cualquier otra cantidad que le corresponda al demandado de autos .....