En este estado el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente Amparada la posesión que tiene la ciudadana LINOL MARGARITA ARIAS, titular de la cédula de identidad N° 4.704.747, sobre unas mejores y bienhechurias, representado por un inmueble compuesto por una casa y terreno, situado en el sector denominado urbanización Amparo en la Parroquia Ambrosio en la esquina de la calle Venezuela, casa marcada con el N° 26 DE ESTE Municipio Cabimas del Estado Zulia, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle San Benito y mide TREINTA Y CUATRO METROS CON NOVENTA CENTIMETROS. SUR: Propiedad que es o fue de AUGUSTO MARRUFO y mide TREINTA Y CINCO METROS CON TRECE CENTIMETROS. ESTE: Linda con su frente calle Venezuela y mide VEINTE METROS CON CUATRO CENTIMETROS y OESTE: Propiedad que es o fue de ANTONIO SUAREZ y/o RUBEN BARBOZA y mide DIECINUEVE METROS CON SETENTA Y NUEVE CENTIMETROS. Siendo .....