Seguidamente el tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente secuestrado el inmueble ubicado en el sector Lagunillas, Urbanización Florida Grande, casa Nº 113, el cual se encuentra comprendido dentro de los dentro de los siguientes linderos: NORTE: Linda con terrenos propiedad de la parte actora; SUR: Linda con la via publica; ESTE: Linda con la casa Nº 112 y OESTE:. Linda con casa Nº 114. Igualmente el tribunal procede a hacer entrega del inmueble legalmente secuestrado en este acto libre de personas y de bienes, al ciudadano JESUS ORTIZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.506.789, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50636, en su condición de apoderado judicial de la empresa PDVSA PETROLEO S.A, que fuera designada como secuestrataria judicial por el Juzgado de la causa, a quien se le tomo el juramento de Ley de la siguiente manera: ¿Jura Usted cumplir fielmente con los deberes inherente.....