En este estado este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, concede a la empresa INMOSA, los dos días solicitados de conformidad con la Ley, a fin de verificar la existencia de los mencionados créditos, y a reserva de ello; El Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE las cantidades de dinero proveniente de créditos, ordenes de servicio, ordenes de pago, remanentes o retenciones que pueda tener la empresa demandada SOCIEDAD MERCANTIL CENTRO CLINICO ESPECIALIDADES BARALT, a su favor en la EMPRESA INMOSA, hasta cubrir la cantidad de TRES MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 3.074.720,00), e igualmente se informa al notificado, que una vez que los créditos embargados se en.....