Por los fundamentos y las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SEDE MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA: 1) DESPACHO SANEADOR y requiere de la solicitante: a) Traducción al idioma castellano realizada por intérprete público acreditado en el territorio nacional de la sentencia final de disolución de matrimonio correspondiente a los ciudadanos GASDALY MARIEL YUNIS SANCHEZ y WINSTON JOSE ESPARZA GONZALEZ y su apostilla, la cual riela de los folios 28 al 30 ambos inclusive de la presente causa; b) Traducción al idioma castellano realizada por intérprete público acreditado en Venezuela del acta de nacimiento correspondiente a la niña involucrada en el presente asunto y su apostilla, la cual riela de los folios 8 al 11 ambos inclusive. 2) EXHORTA al solicitante a consignar dentro de .....