Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SEDE MARACAIBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1) Se Declara SIN LUGAR la recusación planteada en base al numeral 3º y 6º del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, interpuesta por los ciudadanos Luis Bastidas De León, conjuntamente con el ciudadano Hendrick José Semprún Rodríguez, contra la abogada Marjorie Portillo Ramírez, Jueza del Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, producida en demanda de Privación de Patria Potestad, presentada por la ciudadana Jaqueline Caroly Barreno Fernández contra el ciudadano Hendrick José Semprún Rodríguez. 2) De conformidad con el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se impon.....