Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SEDE MARACAIBO; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1) PERECIDO el recurso de apelación propuesto por la abogada Janeth Fernández Coy en representación de la ciudadana GRETTE GENOVEVA PARDI RINCÓN contra auto de fecha primero (1°) de febrero de 2019 dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo; mediante la cual ordena la reanudación de la solicitud de divorcio por desafecto iniciada por la antes nombrada contra el ciudadano CARLOS AUGUSTO LEÓN GARCÍA. 2) NO HAY condenatoria en costas por el carácter de la decisión