PRIMERO: ADMISIBLE el escrito de inhibición interpuesto por la Profesional del Derecho MARIA ELENA RONDON NAVEDA, en su condición de Jueza del Tribunal Segunda de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, mediante la cual se inhibe del conocimiento del asunto penal Nº 2CV-2019-000017, al encontrarse incursa en la causal cuarta (4°) del artículo 89 del Texto Adjetivo Penal.