Juzgado de Sustanciación admitió cuanto ha lugar la demanda incoada y, en consecuencia, ordenó citar a la sociedad mercantil Transporte Vier, C.A. y Seguros Pirámides, C.A., notificar a los ciudadanos Procuradora del Estado Zulia y Procurador General de la República. Asimismo, dejó establecido que una vez conste en las actas la última de las citaciones y notificaciones ordenadas, y transcurra el lapso de suspensión de noventa (90) días continuos previsto en el artículo 108 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se fijará dentro de los tres (3) días de despacho siguientes la audiencia preliminar.