Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Superior Estadal Segundo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana NUBISAY EILYN ZARRAGA PIRELA ya identificada, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL MUNCIPIO MARACAIBO, y en consecuencia se ordena:
Primero: Se declara la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa número 019-2015, de fecha, treinta y uno (31) de julio de dos mil quince (2.015), dictada por el Director del Instituto Publico Policía Municipal de Maracaibo, mediante la cual se le destituye del cargo de OFICIAL JEFE, adscrito al DEPARTAMENTO DE PATRULLAJE.
Segundo: Se ordena al INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICIA DEL MUNICIPIO MARACAIBO la reincorporación inmediata la ciudadana NUBISAY EILYN ZARRAGA PIRELA, titular d.....