este Juzgado Superior Primero Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE por operar la Caducidad el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, incoado por la ciudadana MARGELIS COROMOTO MARCANO ALVAREZ, ut supra identificada, en contra de la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO ZULIA, adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, de conformidad a lo establecido en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.