El Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual declaró: 1) Su COMPETENCIA, para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 29 de abril de 2008, por los apoderados judiciales del Instituto Nacional de Tierras, contra la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2008, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante la cual declaró sin lugar la medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo. 2. Se declaró la PÉRDIDA DEL INTERÉS por inactividad procesal en el recurso de apelación interpuesto en fecha 29 de abril de 2008, contra la decisión dictada en fecha 23 de abril de 2008, en el cuaderno separado de medidas, en la cual se declaró sin lugar la medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo. 3) Se ordenó LA NOTIFICACIÓN de las partes.