Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
a. Se decreta la Separación de Cuerpos, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: JOHANNY COROMOTO VILLALOBOS FERNANDEZ Y MANUEL RAFAEL VALENCIA SILVA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V.-23.859.051 y V.-23.737.911, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del Estado Zulia.
b. 1) La Patria Potestad y La Responsabilidad de Crianza: será compartida entre ambos padres, conservando su titularidad sobre su hijo, de acuerdo con los artículos 347, 358 y 359 de la LOPNNA. 2) La Custodia: de su hijo estará bajo la custodia material de su legitim.....