a. Se decreta la Separación de Cuerpos, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: LUÍS ENRIQUE RINCÓN y YOHANA URSULA GONZÁLEZ MORÁN, antes identificados
b. Se acoge en todos sus términos los acuerdos a los que llegaron los ciudadanos LUÍS ENRIQUE RINCÓN y YOHANA URSULA GONZÁLEZ MORÁN, antes identificados, anteriormente transcritos en la parte narrativa de la sentencia en materia de Instituciones Familiares en beneficio de los niños NOMBRE OMITIDO, así como lo referente a la separación y liquidación de los bienes que integraron la comunidad conyugal.
c. Se ordena expedir las dos (2) copias certificadas del presente decreto y una (1) copia certificada de la solicitud de separación de cuerpos.
d. Notifíquese, de la iniciación de este proceso al (el) ciudadano (a) Fiscal especializado con competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas, Adolescente y familia.