PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de CURATELA, intentada por el ciudadano NESTOR JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.683.735.
• SE DESIGNA COMO CURADOR AD HOC del niño (SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA DE AUTOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), al ciudadano JOSE GREGORIO ANGEL RODRIGUEZ RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.418.236.
Publíquese, regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Proced.....