APRUEBA y HOMOLOGA el acuerdo celebrado por los ciudadanos Viana Carolina Núñez González, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-14.747.114, y Samuel Darío Martínez Hernández, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-11.661.378, en beneficio de su hijo, el niño (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA),, de seis (6) años de edad; en lo que respecta al ejercicio de la custodia y la fijación del régimen de convivencia familiar, y lo pasa en autoridad de cosa juzgada.