Declara:
1. CON LUGAR la demanda de Divorcio ordinario intentada por el ciudadano Hugo Enrique Medina, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-15.286.982, en contra de la ciudadana Maideline del Carmen Ríos Reyes, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-18.121.297. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 2 de marzo de 2012, ante el Registro Civil de la parroquia Cristo de Aranza del municipio Maracaibo del estado Zulia, con fundamento en la causal segunda (2ª) del artículo 185 del Código Civil.
2. En relación con las INSTITUCIONES FAMILIARES para la niña (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), se resuelve lo establecido en el capítulo de la parte motiva del presente fallo, titulado "De las Instituciones Familiares", cuyo contenido aquí se da por reproducido.
3. HACE SABER al progenitor-demandante que en caso que exista amenaza o violación de los derechos de su hija, debe acud.....