declara:
• REVOCA por contrario imperio el auto de adecuación dictado en fecha 14 de noviembre de 2014.
• EXTINGUIDO, el proceso de DIVORCIO ORDINARIO, basado en el Art. 185 numeral segundo del Código Civil, por incoado por el ciudadano JOSE ANTONIO MORENO JAIMES, titular de la cédula de identidad N° V-9.717.546, debidamente asistido, en contra de la ciudadana GREGORIA PITALUA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-7.608.980.
• TERMINADA la presente causa, se ordena el archivo del presente expediente.
No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del proceso.
Publíquese y regístrese.-