Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito por los ciudadanos, MANUEL DAVILA Y GINA URDANETA respectivamente, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-
• Queda autorizada la ciudadana GINA URDANETA Mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-10.421.818, para que en compañía de de su hija la niña GINA URDANETA , pueda salir fuera del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, con destino al estado de PANAMA , vía aérea, partiendo desde el día primero (01) de marzo de 2016, y regresando el día veintidós (22) de marzo de .....