Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en Nombre de la República y por autoridad de la Ley decide: NEGAR EL RECURSO DE REVISIÓN en contra de la Sentencia" N° 65-2015, presentado por los Abogados FRANCISCO GONZALEZ YAMARTE y REINA DÁVILA CHIRINOS, en su condición de defensores del penado IVAN JOSE MEJIAS INFANTE, titular de la Cédula de Identidad V-11.291.872, por no encontrarse dentro de lo preceptuado en según lo establecido en los articulo 462 y 471 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECLARA. Regístrese, Publíquese, y Notifíquese a la Fiscalia Vigésima Séptima del Ministerio Publico y a la Defensa Privada FRANCISCO GONZALEZ YAMARTE y REINA DÁVILA CHIRINOS.