ACUERDA otorgar, a la ABG GISELA PARRA FUENMAYOR, en su carácter de Fiscala Quincuagésima Primera del Ministerio Público, la PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único de articulo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar. Se ordena Notificar a la Fiscalía Quincuagésima Primera del Ministerio Público, así como al imputado de autos y su defensa de lo anteriormente acordado; comisionándose al Departamento de Alguacilazgo para la práctica de la referida boleta. CUMPLASE.-
LA JUEZA TERCERA DE CONTROL, DE AUDIENCIAS Y MEDIDAS
ABOG. CAROLINA GRACIELA MOGOLLON SAAVEDRA
EL SECRETARIO,
ABOG. LEONARDO CONTRERAS