Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO TERCERO AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 02° del Ministerio Público, en contra del acusado LUIS JOSE AGUILAR JARAMILLO, por la presunta comisión de los delitos VIOLENCIA FISICA AGRAVADA Y VIOLENCIA SEXUAL, previstos en los artículos 42, segundo aparte y 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de La Mujer a Una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto del minucioso estudio realizado a la acusación Fiscal formulada, se observa que dicha acusación Fiscal reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en el Artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, habida consideración c.....