DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias Y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 51° del Ministerio Público, en contra del imputado RICARDO JOSE RAMIREZ GUARECUCO, de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 03/10/1979, de estado civil CASADO, de profesión u oficio LICENCIADO EN ADMINISTRACION, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.006.484, HIJO DE CARMEN GUARECUCO DE RAMIREZ Y JOSE RICARDO RAMIREZ con Residencia SECTOR EL CALLAO AVENIDA 49 J NRO. 174-53 PARROQUIA DOMITILA FLORES MUNICIPIO SAN FRANCISCO ESTADO ZULIA TELEFONO 0424-6491319, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el articulo 39.....