DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: Se mantienen las Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad solicitada a favor del ciudadano IDAIRO ENRIQUE RINCON LUBO, de conformidad con el articulo 313 ordinal 5 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETANDOSE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contempladas en los numerales 3 y 4 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal CONSISTENTES EN: 242, Ordinales 3º del Código Orgánico Procesal Penal, a saber: ORDINAL 3: presentarse cada 30 días por ante el departamento de SEGUNDO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 33° del Ministe.....