PRIMERO: Para resolver el primer punto planteado por la fiscal del Ministerio Publico observa de actas que la Corte de Apelaciones, acuerda anular la decisión No. 1596-2014, de fecha 11 de agosto de 2014, dictada por el Tribunal Segundo de Control, ordenando retrotraer el proceso hasta el estado en que se fije nuevamente el acto de imputación; ahora bien, solicita la vindicta publica que se deje constancia de la incomparecencia de XEIBER RAMIREZ al acto de imputación y que se encuentra debidamente notificado, para lo cual considera quien aquí decide que en la presente acta se encuentra especificado la comparencia e incomparecencia de las partes, por lo que queda mas que evidenciado la inasistencia de XEIBER RAMIREZ quien se encuentra debidamente notificado según consta en boleta de notificación , observando además que la resulta de la boleta de notificación librada por este Juzgado al ciudadano XEIBER SAVIER RAMIREZ URDANETA, se encuentra expuesta de manera positiva, la misma se en.....