declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A propuesta por los ciudadanos JOSE GREGORIO ABREU UZCATEGUI y MARILYN COROMOTO URDANETA FUENTES, ambos ya identificados; y en consecuencia, disuelto el vínculo de matrimonio que ellos contrajeron el día once (11) de junio de mil novecientos ochenta y ocho (1988) por ante el Prefecto y Secretario, respectivamente, de la parroquia Coquivacoa del municipio Maracaibo del estado Zulia, Acta Nº 608.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjele copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de 2018. Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
La Juez Provisoria,
Abg......