declara:
4. PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, intentado por la sociedad mercantil MLC, BIENES RAICES, C.A, contra la sociedad de comercio JOE LAUNDRY PARAISO, C.A, plenamente identificada en actas. ASÍ SE DECIDE
5. NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 283 del vigente Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE ESTABLECE.-
6. Líbrese boleta de notificación y fíjese en la cartelera del Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE.-
Désele copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los veintiocho (_8) días del mes de mayo d.....