En mérito del razonamiento que antecede, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Confeso al ciudadano Pedro Díaz Villasmil, por no haber contestado la pretensión deducida ni promovido alguna prueba que le favoreciera.
Segundo: Con lugar la pretensión de cumplimiento de contrato de comodato y, en consecuencia, se ordena al ciudadano demandado hacer entrega material del inmueble objeto del presente litigio, constituido por un apartamento identificado con el número 03-02, ubicado en la urbanización San Felipe, II etapa, bloque 48, edificio 01, en la parroquia San Francisco del municipio San Francisco del estado Zulia, alinderado en el norte con pared del apartamento número 03-01, en el sur, con la fachada sur del edificio, en.....