declara CON LUGAR la solicitud en Divorcio por Mutuo Consentimiento. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos, GUSTAVO ADOLFO MILLAN MORENO y ALEXANDRA GABRIELA MORRELL DELGADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-19.623.289 y V-19.211.737, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha dieciocho (18) de Septiembre del 2015, según consta del acta de matrimonio signada con el No. 309, emanada por el Registro Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a los autos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Désele copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de.....