declara: LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, de los ciudadanos MAGIE ELENA URDANETA FERNANDEZ Y DEGNY ALVER LOVERA SOTO, venezolanos mayores de edad, cónyuges, titulares de la cedulas de identidad números V-11.453.580 y V-4.745.459, respectivamente ambos domiciliados en el municipio autónomo Maracaibo del estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Désele copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los cinco (05) días del mes de Febrero del 2018. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Juez Provisoria,
Abg. Zulay Virginia Guerrero Delgado
La Secretaria Accidental,
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