Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, en atención a lo establecido en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia No. 11.1163, de fecha 02-06-2015, incoada por los ciudadanos ANDRIK ANTONIO URDANETA SOTO Y ZULMAIDA DEL VALLE PIRELA RODRIGUEZ, titulares de la cedula de identidad No. V-9.782.679 y V-8.507.046, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistidos por la profesional del derecho MARIA ALEJANDRA PIRELA, inscrita en el INPREABOGADO No. 52.009, en consecuencia, se declara DISUELTO EN DIVORCIO el vinculo matrimonial que contrajeran el día 04 de diciembre de 1992, por ante la primera autoridad civil de la.....