Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, en atención a lo establecido en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia No. 11.1163, de fecha 02-06-2015, incoada por los ciudadanos LINDA RITA LINARES BELLOSO y SALOMON DAVID MADURO MONTIEL, ya identificados, en consecuencia, se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que contrajeran el día Tres (03) de diciembre del 2011, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Santa Lucía del Municipio Maracaibo Estado Zulia, según acta de matrimonio No. 238, expedida por la referida autoridad.- Así se decide.-
No