DECISION
Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio en atención al criterio jurisprudencial No.1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la apoderada judicial especial GLORIA PATRICIA PALOMINO DE TELLES, inscrita en el inpreabogado No. 145.647, de este domicilio actuando en nombre y representación de la ciudadana ANA ROCIO PALOMINO DE PULIDO, titular de la cedula de identidad No. V- 14.805.474, de su domicilio, en contra del ciudadano JESUS IGNACIO PULIDO MORA, titular de la cedula de identidad No. V- 8.037.567, representación que riela en actas, en consecuencia, se declara disuelto en divorcio el vinculo matrimonial.....