Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial NO. 693/15 de fecha 02/06/2015 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos GUSTAVO ANTONIO AVILA Y GLADYS JOSEFINA GONZALEZ DE AVILA, titulares de la cedula de identidad No. V- 3.755.258 y V- 4.148.002, respectivamente, asistidos por la abogada LEONELA GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 146.061, en consecuencia se declara disuelto en divorcio el vinculo matrimonial que contrajeran los precitados ciudadanos, en fecha doce (12) de marzo del 1973, por ante el extinto prefecto y secretario del Municipio Cacique Mara, Dis.....