Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSA¬DA Y SAN FRANCISCO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1- SE MODIFICA la Sentencia que HOMOLOGÓ la solicitud de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, presentada por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO SOLER y DORA LUISA SALCEDO, antes identificados, de fecha 08 de mayo de 2015. En consecuencia, donde se omitió el valor del inmueble anteriormente identificado en la narrativa del presente fallo objeto de la presente solicitud, propiedad de los exconyuges y debidamente partido y liquidado en el fallo proferido por esta Juzgadora en fecha 08 de mayo de 2015, está estimado por la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 8.000.000,00).