este Tribunal Declara como Únicos y Universales Herederos suficientes a los ciudadanos: BLANCA MINERVA FLORES DE AÑEZ, ALEJANDRA DEL CARMEN AÑEZ FLORES, DIANELA DE LOS ANGELES AÑEZ FLORES, ELIZABETH AÑEZ FLORES Y JESUS ALONSO AÑEZ FLORES como su cónyuge y legítimos hijos, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. V-3.509.572, V-11.280.401, V-12.805.035, V-13.495.626, V-13.495.616, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, del causante JESUS ALONSO AÑEZ BERMUDEZ - ASÍ SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese una copia certificada para el archivo del Tribunal, e igualmente se ordena expedir cuatros (04) copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada.
EL JUEZ:
Abg. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.-
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