este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos TULIA DEL CARMEN OMAÑA DE MACHADO, REBECA CAROLINA MACHADO OMAÑA, RINA ISABEL MACHADO OMAÑA, ROSSANA VICTORIA MACHADO OMAÑA y RAQUEL ALEXANDRA MACHADO OMAÑA, la primera esposa y los restantes hijos del causante, y a los ciudadanos CLAUDIA PATRICIA MACHADO ORDOÑEZ, AMANDA ISABEL MACHADO ORDOÑEZ y HUGO JOSE MACHADO ORDOÑEZ, hijos del ciudadano HUGO JOSE MACHADO OMAÑA, hijo premuerto del causante, como Únicos y Universales Herederos del ciudadano HUGO JOSE MACHADO VILCHEZ, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se declara. Devuélvanse estas actuaciones en original y déjese una copia certificada para el archivo del Tribunal e igualmente se ordena expedir cinco (05) copias certificadas solicitadas por la parte interesada.
EL JUEZ,
Abog. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO
EL SECRETARIO TEMPORAL,
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