Este JUZGADO DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, los bienes muebles anteriormente identificados y los cuales se reproducen sus carácterísticas: 1) Un Motor Eléctrico a control remoto, para el desplazamiento de portón de entrada al estacionamiento del Edificio, marca BTF, sin serial visible, el mismo no se pudo verificar su funcionabilidad por manifestar la notificada que se encontraba dañado, avaluado en la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,oo); 2) Un Aire acondicionado Central, Marca Corsaire, de 3 Toneladas, serial de la Unidad 6798M110107729, serial de la manejadora M1905 en buenas condiciones de funcionabilidad, avaluado en la suma de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,o.....