DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil (CPC) vigente y en consecuencia visto la auto composición procesal celebrada entre las partes o convenimiento, específicamente entre por el abogado en ejercicio DAVID G. GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V.-14.697.826 de este domicilio, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 304.615, con número telefónico: 0424-6798794 y con correo electrónico: dgonzalez1501@gmail.com, en su condición de apoderado judicial de la parte act.....