DISPOSITIVO
Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SE NIEGA la Medida Preventiva de Secuestro solicitada por la ciudadana ALEJANDRA GARCIA AZUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.579.509, con correo electrónico alejandragarciaazuero@gmail.com, con número de teléfono 0416-6662090, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, representada legalmente por el abogado en ejercicio YSILIO ALBERTO ALVARADO REVEROL, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 56.725, de este domicilio, en contra del ciudadano DIEGO ALFONSO GODOY MANRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.832.024, con correo electrónico diegoalfonsogodoy@hotmail.c.....