DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos GISELA DEL CARMEN ROSARIO MEDINA y PEDRO ANTONIO ARRIETA RONDON, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron ante la antigua Prefectura Civil del Municipio Cacique Mara, Distrito Maracaibo del Estado Zulia, asentado en acta inserta bajo el número 653, en fecha diecisiete (17) de junio del año mil novecientos ochenta y nueve (1989).