CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por la ciudadana JAIHANA GABRIELA FINOL SOLA, ya identificada. En consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos JAIHANA GABRIELA FINOL SOLA y JOSE GREGORIO LUQUE PIRELA, en fecha nueve (09) de diciembre del dos mil cuatro (2004), por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Cecilio Acosta, Municipio Maracaibo del Estado Zulia.