DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante Douglas Enrique González Rodríguez, quien en vida fue venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 3.779.362, a los ciudadanos Nelly del Pilar Almarza Villasmil, Douglas Antonio González Almarza, Daniel Eduardo González Almarza y Claudia Patricia González Almarza, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos.7.613.867, 14.895.212, 16.623.914 y 17.952.444, respectivamente, la primera en su condición de conyugue y los siguientes en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.