Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES propuesta por los ciudadanos ADRIANA ANTONIA RIOS CASTRO y AGUSTIN GUILLERMO BRACHO MARTINEZ, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL, contraído el día diez (10) de noviembre del año dos mil cuatro (2004), por ante la Prefectura de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal y como se evidencia del acta de Matrimonio acompañada a las actas en copia certificada, No. 213.
Igualmente, en virtud de la conversión de la separación de cuerpos y bienes mediante la cual se declara disuelto el vínculo matrimonial de los peticionantes, se ratifica la separación de bienes declara.....