DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Simone Marianna Torrealba Alvarez y Davide Di Turo Sega, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 23.854.858 y 17.804.351, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio Glenis Beatriz Fuenmayor, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 84.312, en atención a la no consignación del físico de la solicitud y anexos presentada vía digital, y con ello su falta de firma de conformidad con la norma adjetiva civil.
SEGUNDO: Se hace saber a las partes interesadas que, a los efectos de interponer el recurso impugnativo correspondiente, en caso.....