DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los causantes Arnaldo Jiménez Tapia y Carmen Luisa García de Jiménez, quienes en vida fueron venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 3.115.742 y 1.691.494 respectivamente, a los ciudadanos Arnaldo Jesús Jiménez García y Gustavo Enrique Jiménez García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 9.113.237 y 7.888.165 respectivamente, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.