DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la Demanda por Desalojo incoada por la profesional del derecho Migdalia Josefina Pirela de Velazco, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 86.711 en contra la sociedad mercantil Depósito de Licores y Víveres Don Pancho, S.R.L, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia bajo el N° 22, tomo 32- A de los libros respectivos, representada por su presidente ciudadano Gerardo Jesús Conde Huerta, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.762.079, de conformidad con lo establecido en los artículos 341 del Código de Procedimiento Civ.....