Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ciudadano Ángel Segundo Bohórquez Soto, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.508.526, a los ciudadanos Lindis Nalba Prieto de Bohórquez, Richard José Bohórquez Prieto y Angelín Beatriz Bohórquez Prieto, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos 4.537.070, 12.622.022 y 13.495.026, respectivamente, la primera en su condición de cónyuge y los dos siguientes en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.