Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO realizada por los ciudadanos AILA GRACIELA BOZAN RINCON y OSWALDO ENRIQUE CARRASQUERO MAVAREZ, Venezolanos, mayores de edad, conyugues, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 19.549.134 y V- 15.194.282, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, fundamentado en el articulo 185 del Código Civil y a la sentencia N° 693 de la Sala Constitucional, de fecha 02 de junio de 2015, expediente N° 12-1163; en consecuencia se declara:
Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciu.....